Noelia Barreiro
Asesora profesional

Trámite

Cómo derivar tus aportes a la obra social o prepaga que elijas

El trámite se llama opción de cambio y se hace online, gratis, en el sitio de la Superintendencia de Servicios de Salud con Clave Fiscal nivel 3. Los aportes que ya se descuentan de tu sueldo —o los que pagás como monotributista— pasan a financiar tu cobertura en la entidad que elijas, y la nueva cobertura rige desde el primer día del mes siguiente.

Abajo está el paso a paso completo y las reglas que conviene saber antes de empezar. Lo que no conviene improvisar es la elección: la opción se ejerce una vez cada 365 días, así que elegir mal cuesta un año de espera.

Quiénes pueden derivar sus aportes

La libre elección de obra social alcanza a la mayoría de quienes aportan al sistema de salud. Estos son los grupos que pueden ejercer la opción de cambio.

  • Trabajadores en relación de dependencia

    Tanto los comprendidos en un convenio colectivo como los que están fuera de convenio y son titulares de una obra social de dirección.

  • Personal de casas particulares

    El régimen de casas particulares está incluido entre quienes pueden ejercer la opción de cambio.

  • Monotributistas de todas las categorías

    Sin importar la categoría. La diferencia es el padrón: elegís entre las entidades inscriptas en el registro de agentes del seguro que aceptan monotributistas, que no son todas.

El paso a paso del trámite

Se hace entero online y no tiene costo. El orden importa, y el paso 5 es donde se cae la mayoría de las solicitudes.

  1. Entrá a Mi SSSalud con tu Clave Fiscal

    El trámite se hace en el sitio de la Superintendencia de Servicios de Salud, con Clave Fiscal nivel 3 o superior y el servicio Mi SSSalud adherido.

  2. Elegí «Nueva Opción» y completá tus datos

    El formulario te pide nombre, DNI, CUIL, domicilio y un correo electrónico al que tengas acceso en el momento.

  3. Seleccioná la entidad

    En «Elección de Obra Social / Prepaga» elegís el agente del seguro al que querés pasar, dentro del padrón que te corresponde.

  4. Aceptá y ratificá

    Al aceptar recibís un número de operación. Revisás los datos y presionás «Confirmar»: el sistema te manda un correo automático.

  5. Confirmá el correo dentro de las 48 horas

    Este es el paso donde se cae la mayoría de los trámites. Si no hacés clic en «Confirmar trámite» dentro de ese plazo, la solicitud se descarta y hay que empezar de nuevo.

  6. Guardá el número de trámite y la fecha de vigencia

    El sistema te devuelve ambos datos. La fecha de vigencia es desde cuándo la nueva entidad te cubre.

  7. Contactá a la entidad elegida

    La opción registrada no completa sola la afiliación: hay que presentarse ante el agente elegido para terminar el alta y recibir la credencial.

Las reglas que conviene saber antes

Ninguna de estas depende de la entidad que elijas: son condiciones del sistema. Si alguna no se cumple, el trámite no prospera.

  • Es gratuito

    El trámite no tiene costo. Nadie puede cobrarte por hacer una opción de cambio.

  • Una vez cada 365 días

    La opción se puede ejercer una sola vez al año, con un intervalo mínimo de 365 días entre una y la siguiente.

  • Un año de permanencia

    Se pide un año de permanencia en la entidad actual antes de poder pasar a otra.

  • Rige desde el primer día del mes siguiente

    La cobertura de la nueva entidad no arranca el mismo día que hacés el trámite, sino el primer día del mes siguiente.

  • Hacelo desde una computadora

    El propio sitio de la Superintendencia pide entrar desde una PC de escritorio o notebook, y no desde un celular.

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué es la derivación de aportes?

    Es usar los aportes que ya se descuentan de tu sueldo o que pagás como monotributista para financiar tu cobertura de salud en la entidad que vos elijas, en lugar de que queden en la que te asignaron. No es un pago extra: es plata tuya que ya se está aportando al sistema, redirigida a otra entidad.

  • ¿Dónde se hace el trámite para cambiar de obra social?

    En Mi SSSalud, el sistema online de la Superintendencia de Servicios de Salud, en sssalud.gob.ar/misssalud. Se entra con Clave Fiscal nivel 3 o superior y conviene hacerlo desde una computadora: el propio sitio pide no usar el celular. El trámite es gratuito.

  • ¿Cuánto tarda en tener efecto el cambio de obra social?

    La nueva entidad te cubre a partir del primer día del mes siguiente al trámite. Además, después de cargar la solicitud tenés 48 horas para confirmarla desde el correo que te llega: si ese plazo pasa sin que confirmes, la solicitud se descarta.

  • ¿Cuántas veces puedo cambiar de obra social?

    Una vez cada 365 días. También se pide un año de permanencia en la entidad actual antes de poder pasar a otra, así que conviene no gastar la opción sin estar seguro de la elección.

  • ¿Un monotributista puede derivar sus aportes?

    Sí, en todas las categorías. La diferencia está en el padrón: un monotributista elige entre las entidades inscriptas en el registro de agentes del seguro que aceptan monotributistas, que no son todas las del sistema. Verificar eso antes de elegir evita perder el trámite.

  • ¿Los aportes alcanzan para cubrir toda la cuota?

    Depende de cuánto aportás y del plan que elijas. En algunos casos los aportes cubren la cuota completa y en otros se paga la diferencia. Es una cuenta que se hace con tu situación concreta, y es lo primero que reviso antes de recomendarte una opción.

  • ¿Hace falta avisarle a mi obra social actual?

    No hay que pedirle permiso ni conseguir su autorización: la opción de cambio se ejerce ante la Superintendencia de Servicios de Salud, no ante la entidad que dejás. Lo que sí hay que hacer es completar el alta con la entidad nueva, porque el trámite registrado no la completa solo.

  • ¿Qué es la desregulación de aportes?

    Es otra forma de nombrar lo mismo: desregular, derivar aportes, hacer la opción de cambio o pedir el traspaso son todos el mismo trámite. Consiste en dejar de mandar tus aportes a la obra social que te asignó el convenio y dirigirlos a la entidad o prepaga que vos elijas. Se hace online en Mi SSSalud y es gratuito.

  • ¿Cuánto me descuentan del sueldo para la obra social?

    Si estás en relación de dependencia, el aporte sale de dos lados: un porcentaje que se te descuenta del sueldo bruto y una contribución mayor que paga tu empleador sobre ese mismo sueldo. Los dos se suman y forman el monto que podés derivar. Por eso quien tiene un sueldo más alto tiene más aporte disponible, y en muchos casos cubre buena parte de la cuota de una prepaga.

  • ¿Una empleada doméstica puede cambiar de obra social?

    Sí. El personal de casas particulares tiene una obra social asignada por su régimen, pero puede ejercer la opción de cambio como cualquier trabajador en relación de dependencia. La condición es que los aportes lleguen al mínimo que corresponde a la categoría de 16 o más horas semanales; si no llegan, se puede completar la diferencia.

  • ¿Los aportes de mi pareja y los míos se pueden juntar?

    Sí, cuando los dos trabajan en relación de dependencia y se unifican en la misma entidad. Los dos aportes se suman para financiar la cobertura del grupo familiar, lo que suele dar acceso a un plan mejor que el que cada uno alcanzaría por separado. Es la cuenta que más veces cambia el resultado, y casi nadie la hace.

  • ¿El asesoramiento tiene algún costo?

    No. Es gratuito y sin compromiso: cobro a través de la prepaga, no de vos. Pagás la misma cuota que si contrataras por tu cuenta.

De dónde sale esta información

El trámite lo define el Estado y lo hacés vos, gratis, en el sitio oficial. Verificá cada paso en la fuente antes de empezar.

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